La norma sobre el cuaderno digital voluntario se somete a consulta pública

Bejo brásicas
Bayer cítricos
Hispatec digitalización semilla
Fernández Cuqui
Nadorcott

Esta iniciativa forma parte de las 43 medidas comprometidas por el Gobierno para dar respuesta a las preocupaciones de agricultores y ganaderos

Las modificaciones tendrán carácter retroactivo para evitar consecuencias sancionadoras o restrictivas de derechos. / ARCHIVO

Efeagro.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) inicia la audiencia pública de la norma que establece la voluntariedad del cuaderno digital de explotación, un trámite que durará hasta el 26 de junio.

Esta iniciativa forma parte de las 43 medidas comprometidas por el Gobierno para dar respuesta a las preocupaciones de agricultores y ganaderos, han señalado fuentes del MAPA en un comunicado.

Para facilitar la voluntariedad del cuaderno digital, se modifican los reales decretos relativos el sistema de información de explotaciones agrarias (SIEX), el uso sostenible de productos fitosanitarios y la nutrición sostenible en los suelos agrarios. Además, se permitirá a los titulares de explotaciones agrarias decidir de forma voluntaria si ponen a disposición de la administración la información que hayan cumplimentado en el cuaderno.

Nutrición

En cuanto a las normas sobre la nutrición sostenible en los suelos agrarios, se modifican las disposiciones relativas al cuaderno de explotación, el plan de abonado y aquellas que facilitan el uso de estiércoles y abonos orgánicos.

El Ministerio ha explicado que así se exceptúa de la obligación de elaborar y aplicar un plan de abonado a las unidades de producción destinadas únicamente a pastos que no se fertilicen y a aquellas que no superen las 10 hectáreas de superficie, siempre que sean de secano o estén dedicadas únicamente a pastos o cultivos forrajeros para autoconsumo. En el resto de las explotaciones, la obligación de elaborar y aplicar este plan comenzará a partir del 1 de septiembre de 2025, según la revisión de la norma.

Fertilización y productos fitosanitarios

En materia de fertilización, el asesoramiento técnico será obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2026 para unidades productivas en zonas vulnerables, y de 2027 para las demás unidades de producción.

También habrá ajustes en los decretos sobre el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios y en el que establece las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola.

Las modificaciones tendrán carácter retroactivo para evitar consecuencias sancionadoras o restrictivas de derechos, en el caso de que su publicación sea posterior al 1 de septiembre de 2024, fecha en la que comenzaban a aplicarse las obligaciones de cumplimiento del cuaderno digital, según el MAPA.