El Gobierno aprueba nuevas normas para favorecer la nutrición sostenible de los suelos

Gustavo Ferrada Navidad
Deterra líder multiproducto

El objetivo es una fertilización racional de los cultivos para una sostenibilidad productiva y ambiental

agua desalinizada

Esta nueva normativa responde al compromiso del ejecutivo de avanzar en la fertilización racional de los cultivos, con el objetivo estratégico de aumentar o mantener la productividad de los suelos agrarios. / Archivo

Valencia Fruits. Redacción.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 27 de agosto, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un real decreto que incorpora nuevas normas y la simplificación de algunas medidas del real decreto de nutrición sostenible de los suelos agrarios de 27 de diciembre de 2022.

Esta nueva normativa responde al compromiso del ejecutivo de avanzar en la fertilización racional de los cultivos, con el objetivo estratégico de aumentar o mantener la productividad de los suelos agrarios. Al mismo tiempo, busca disminuir el impacto ambiental de la aplicación de productos fertilizantes y otras fuentes de nutrientes o materia orgánica, en línea con los objetivos de la estrategia europea “De la Granja a la Mesa”.

Tras más de un año de aplicación, la reforma del real decreto de nutrición sostenible de los suelos agrarios busca facilitar la puesta en marcha de determinados aspectos técnicos, reforzar la coherencia con otras normativas (como la Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular), o disposiciones autonómicas sectoriales y aclarar determinadas disposiciones. Para ello, se modifican los artículos relativos al cuaderno de explotación, el plan de abonado y sobre el uso de estiércoles y abonos orgánicos.

En concreto, se incluyen ciertos incentivos para el uso del cuaderno digital, ya que no tendrá carácter obligatorio, y se detalla aquella información del plan de abonado que debe incluirse en el cuaderno de explotación, uno de cuyos puntos clave es la determinación de la dosis.

Además de incorporar una redacción más clara de las disposiciones relativas a la reducción de la emisión de amoniaco, se tienen en cuenta otras tecnologías que permiten reducir el riesgo de lixiviación (extracción de una sustancia de un material sólido).

Asimismo, se flexibilizan las obligaciones relacionadas con el uso de estiércoles, abonos y otros materiales orgánicos, se añaden nuevos residuos a la lista de aquellos que son admitidos y se modifican sus requisitos, siempre en consonancia con el mercado y los criterios de seguridad y eficacia agronómica estipulados.

En este sentido, destaca la ampliación de 5 a 10 días del plazo en el que se permite el apilamiento de estiércol, que pueden llegar a 20 días en el caso de que el material esté compostado o digerido. También se amplía el plazo para el enterrado de estiércoles y otros materiales orgánicos, que pasa a 24 horas.

Estas dos últimas cuestiones forman parte de las 43 medidas aprobadas por el Gobierno de apoyo al sector agrario para mejorar la situación de agricultores y ganaderos, acordadas con las organizaciones Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) y Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos.

La fertilización racional de los suelos no sólo es importante para mejorar el desempeño ambiental de la agricultura, sino que resulta esencial para la eficiencia y la rentabilidad de la agricultura, en un contexto de elevados precios de los fertilizantes.

Xylella fastidiosa

La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca de la Generalitat Valenciana ha establecido las nuevas bases para las ayudas a la replantación de parcelas frutícolas con cultivos destruidos como consecuencia de la adopción de medidas para evitar la propagación de la bacteria de cuarentena Xyella fastidiosa. El documento, que se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el pasado 31 de julio, recoge toda la información necesaria para acogerse a esta medida.

Debido a que la anterior orden de bases se previó para el periodo 2021-2023, se ha emitido una nueva con carácter general y vocación de permanencia, sin vinculación temporal a la vigencia del plan estratégico de subvenciones de la Conselleria. De este modo, se busca auxiliar las operaciones de replantación con vegetales especificados no sensibles a la subespecie multiplex de Xylella fastidiosa, o bien vegetales especificados sensibles a la subespecie multiplex que figuren en un listado aprobado.

Según las bases, las operaciones de replantación se deben efectuar en parcelas frutícolas cuya superficie, total o parcial, se encuentre en la zona infectada de la zona demarcada de Xylella fastidiosa subespecie multiplex, o en parcelas frutícolas cuyo cultivo haya sido destruido de acuerdo con las medidas fitosanitarias de erradicación y control que establece el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1201 de la Comisión, de 14 de agosto de 2020.

Las actuaciones subvencionables se resumen en operaciones dirigidas a implantar cultivos, por cuenta propia o ajena. Como actuación complementaria, se contempla la instalación de un sistema de riego localizado en el interior de las parcelas que se replanten.