La norma prioriza la transformación y donación de excedentes, fija sanciones de hasta 500.000 euros y busca reducir a la mitad los residuos alimentarios antes de 2030

Fuera del hogar, el desperdicio representó únicamente el 2,5% del total, con unos 28 millones de kilos o litros en 2024, un 8,8% menos que el año anterior. / ARCHIVO
Valencia Fruits. Redacción.
La Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario entra en una nueva fase de aplicación obligatoria tras finalizar el periodo de moratoria concedido a las empresas para adaptarse a sus exigencias. La normativa fue aprobada en abril de 2025, pero las empresas han contado con un año de margen para cumplir con ella de forma obligatoria. Por ello, obliga desde ahora a los agentes de la cadena alimentaria a implantar planes específicos para reducir las pérdidas, gestionar de forma más eficiente los recursos y fomentar la donación y redistribución de alimentos.
El objetivo principal de la ley es prevenir y reducir el desperdicio alimentario en todas las fases de la cadena, alineándose con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, que plantean reducir a la mitad el desperdicio por habitante. En concreto, la norma fija como meta una reducción del 50% de los residuos alimentarios per cápita en la venta minorista y el consumo respecto a 2020, así como una disminución del 20% en las cadenas de producción antes de 2030.
El objetivo principal de la ley es prevenir y reducir el desperdicio alimentario en todas las fases de la cadena, alineándose con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, que plantean reducir a la mitad el desperdicio por habitante
Jerarquía obligatoria para gestionar los excedentes
Uno de los pilares de la normativa es la implantación de una jerarquía de prioridades en la gestión de los alimentos no vendidos, obligatoria para los agentes de la cadena alimentaria con establecimientos superiores a 1.300 metros cuadrados.
El primer nivel establece la prevención mediante planes empresariales que mejoren la planificación de compras, ajusten la producción a la demanda y optimicen la gestión del stock. Cuando no sea posible evitar excedentes, la prioridad pasa por la transformación de alimentos para consumo humano, como convertir pan duro en pan rallado, elaborar postres con fruta madura o utilizar excedentes cárnicos para caldos.
Si la transformación no resulta viable, la ley fija como siguiente paso la donación para consumo humano, prohibiendo expresamente cláusulas contractuales que impidan donar alimentos aptos para el consumo. Posteriormente, los excedentes podrán destinarse a alimentación animal o fabricación de piensos, utilizarse como subproductos industriales —como ocurre con los posos de café aprovechados por la industria cosmética— y, únicamente en última instancia, tratarse como residuos para reciclado o compostaje.
Las empresas deberán además promover acuerdos con entidades sociales, organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos para facilitar estas donaciones, salvo que resulte inviable y pueda justificarse.
Impacto positivo para bancos de alimentos y entidades sociales
La Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) valora la normativa de forma positiva al considerar que convierte la donación en una obligación y no en una decisión voluntaria ligada a políticas de responsabilidad social corporativa.
En España operan 54 bancos de alimentos que en 2024 atendieron a 1,3 millones de personas a través de 6.062 entidades benéficas. Ese mismo año distribuyeron más de 115.000 toneladas de alimentos, de las cuales más de 73.000 procedían de excedentes recuperados. En las últimas semanas, estas organizaciones han detectado un aumento del interés por parte de fabricantes, cadenas de distribución, hoteles y hospitales para adaptarse a la nueva legislación.
Obligaciones también para hostelería y distribución
Entre las nuevas exigencias, los establecimientos de hostelería deberán facilitar que los clientes puedan llevarse sin coste adicional los alimentos no consumidos, informando de ello de forma visible en cartas o menús.
La ley contempla también medidas voluntarias, como incentivar la venta de productos próximos a caducar, habilitar líneas comerciales con productos de aspecto imperfecto o flexibilizar el tamaño de las raciones.
Iniciativas empresariales ya consolidadas, como la comercialización de fruta y verdura fuera de los estándares estéticos tradicionales, muestran la evolución del mercado hacia modelos más sostenibles. Empresas especializadas en la recuperación de excedentes agrícolas destacan que el cambio en la percepción del consumidor ha convertido la denominada “fruta fea” en un símbolo de sostenibilidad y responsabilidad, permitiendo además mejorar la rentabilidad de los agricultores al dar salida comercial a producciones antes descartadas.
Digitalización y nuevas herramientas contra el desperdicio
El desarrollo de la normativa ha impulsado también soluciones tecnológicas destinadas a facilitar el cumplimiento legal. Plataformas digitales que conectan a establecimientos alimentarios con consumidores o entidades sociales han registrado un aumento del interés empresarial desde el anuncio de la ley, con un crecimiento del 30% en la adhesión de negocios del canal Horeca y del 23% en el sector retail en los últimos dos años.
Entre las novedades destacan herramientas que digitalizan la donación de alimentos, permitiendo a supermercados registrar excedentes y notificar automáticamente a entidades benéficas compatibles con el tipo de producto y los horarios de recogida.
Desde el sector de la restauración se subraya además que la reducción del desperdicio no solo responde a criterios medioambientales, sino que contribuye a mejorar la rentabilidad mediante una mejor planificación de compras, control de costes y gestión de inventarios.
Excepciones y régimen sancionador
La normativa contempla excepciones para microempresas, pequeñas explotaciones agrarias y establecimientos de hasta 1.300 metros cuadrados, que no estarán obligados a disponer de un plan específico, aunque sí deberán adoptar medidas orientadas a reducir el desperdicio.
El incumplimiento de la ley podrá acarrear sanciones económicas en función de la gravedad de la infracción. No contar con un plan de prevención cuando sea obligatorio o destruir alimentos aptos para el consumo se considera infracción grave. Las multas oscilan entre 2.000 euros para las faltas leves y hasta 500.000 euros en los casos más graves.
El gran reto sigue estando en los hogares
Aunque la normativa se centra en producción y distribución, los datos del Ministerio de Agricultura muestran que el principal foco del desperdicio se encuentra en el ámbito doméstico. De los 1.125 millones de kilos de alimentos desperdiciados en España en 2024, el 97,5% correspondió a los hogares.
El 78% de esos alimentos se desecharon sin llegar a utilizarse, siendo la fruta el producto más desperdiciado, con un 32,4 % del total, porcentaje que asciende al 46,2% al sumar frutas, verduras y hortalizas.
Fuera del hogar, el desperdicio representó únicamente el 2,5% del total, con unos 28 millones de kilos o litros en 2024, un 8,8% menos que el año anterior.
La nueva ley busca así transformar estructuralmente la gestión de los excedentes alimentarios en España, reducir el impacto ambiental del sistema agroalimentario —responsable de una cuarta parte de las emisiones asociadas— y avanzar hacia un modelo productivo más eficiente y sostenible.











