La UE publica el reglamento que regula las nuevas técnicas genómicas

La nueva normativa establece dos categorías de plantas obtenidas mediante NTGs y facilita el desarrollo de cultivos más resistentes a plagas, enfermedades y condiciones climáticas adversas

cultivo in vitro de tejidos vegetales

Las plantas obtenidas mediante nuevas técnicas genómicas podrán ser objeto de patentes, aunque el reglamento incorpora salvaguardias destinadas a garantizar su asequibilidad y un acceso equitativo para los agricultores. / Archivo

Valencia Fruits. Redacción.

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado el Reglamento 2026/1388, que regula la obtención de vegetales agrícolas mediante las denominadas nuevas técnicas genómicas (NTGs), después de que el Parlamento Europeo diera su aprobación definitiva a la norma el pasado 17 de junio.

El nuevo marco normativo desvincula parcialmente la utilización de estas técnicas de la Directiva 2001/18/CE sobre organismos modificados genéticamente (OMG), lo que permitirá facilitar el desarrollo de plantas con mayor resistencia a plagas y enfermedades, así como a los efectos del cambio climático, entre ellos la sequía y las altas temperaturas.

El reglamento cita entre las nuevas técnicas genómicas la mutagénesis dirigida, la cisgénesis y la intragénesis, herramientas que permiten introducir modificaciones genéticas sin recurrir a la transgénesis, es decir, sin incorporar material genético procedente de especies sexualmente incompatibles.

Tras la aprobación de la norma, el Parlamento Europeo destacó que la aplicación de las NTGs en la agricultura contribuirá a reducir la dependencia de las importaciones y a mejorar la competitividad del sector agrario europeo.

El nuevo marco normativo desvincula parcialmente la utilización de estas técnicas de la Directiva 2001/18/CE sobre organismos modificados genéticamente (OMG), lo que permitirá facilitar el desarrollo de plantas con mayor resistencia a plagas y enfermedades, así como a los efectos del cambio climático, entre ellos la sequía y las altas temperaturas

En este sentido, la ponente de la propuesta en la Eurocámara, la eurodiputada del PP Jessica Polfjard, afirmó el pasado 17 de junio que los agricultores europeos llevan tiempo reclamando el acceso a estas herramientas de mejora genética para desarrollar cultivos más resistentes y menos dependientes del uso de plaguicidas.

A diferencia de los organismos modificados genéticamente, en los que se incorpora material genético ajeno a la planta, las nuevas técnicas genómicas actúan sobre el propio genoma del vegetal o incorporan material genético equivalente.

El reglamento establece dos categorías de plantas obtenidas mediante NTGs. La categoría 1 (NTG-1) engloba aquellas consideradas equivalentes a las variedades convencionales, mientras que la categoría 2 (NTG-2) incluye plantas con modificaciones genéticas más complejas, que continuarán sujetas a la legislación vigente sobre organismos modificados genéticamente.

Fuera de la Unión Europea ya existen en el mercado, o se encuentran en fases avanzadas de desarrollo, diversos productos obtenidos mediante estas técnicas, entre ellos trigo con bajo contenido en gluten, patatas resistentes a patógenos y maíz tolerante a la sequía.

La normativa también contempla que los Estados miembros puedan decidir no cultivar plantas de la categoría NTG-2 y adoptar medidas de coexistencia para evitar su presencia accidental en otros productos.

Asimismo, las plantas obtenidas mediante nuevas técnicas genómicas podrán ser objeto de patentes, aunque el reglamento incorpora salvaguardias destinadas a garantizar su asequibilidad y un acceso equitativo para los agricultores. La regulación será de aplicación tanto a las plantas producidas en la Unión Europea como a las importadas, con la excepción de las destinadas a producción ecológica.

En España, tanto el Gobierno como la industria de semillas y diversas organizaciones agrarias acogieron favorablemente la aprobación definitiva del reglamento por parte del Parlamento Europeo.