Presentado el recurso de la Generalitat en defensa del trasvase Tajo-Segura

AgroFresh FRESCOS

Conoce aquí todas las claves del recurso que la Generalitat ha presentado ante el Supremo

El president reivindica un marco de diálogo alejado de “guerras del agua” que garantice “agua para siempre”. / GVA

Valencia Fruits. Redacción.

La Generalitat Valenciana ha presentado este miércoles 22 de marzo el recurso en defensa del trasvase Tajo-Segura ante el Tribunal Supremo, en el que solicita como medida cautelar la suspensión del escalonamiento de los caudales ecológicos previstos para 2026 y 2027 en el Tajo y que afectan a esta infraestructura.

Así consta en el recurso contencioso-administrativo presentado contra el real decreto del Gobierno central por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las diferentes demarcaciones hidrográficas, por no considerar “ajustada a derecho” esta norma, que supone un recorte del trasvase Tajo-Segura.

El recurso se dirige, en concreto, contra la nueva disposición adicional novena que afecta al futuro incremento escalonado de las caudales ecológicos que aparecen en el Plan Hidrológico del Tajo, una decisión que para la Generalitat Valenciana es arbitraria y no se fundamenta en criterios técnicos.

“Vamos a defender ahora y siempre los intereses de los regantes de la Comunitat Valenciana”, ha asegurado el president de la Generalitat, Ximo Puig, quien ha destacado el esfuerzo hecho por la agricultura valenciana en modernización, en reutilización y en el uso responsable del agua.

En declaraciones a los periodistas en Castellón, Puig ha dicho que, precisamente en el día del agua, se presenta este recurso “en aquellas partes que son lesivas a los intereses de la Comunitat Valenciana”, y ha agregado al respecto que la “defensa del agua para siempre es un elemento clave de nuestra economía”.

Ha afirmado que en la Comunidad Valenciana “se ha hecho un gran esfuerzo durante años, por parte de los sectores económicos -fundamentalmente la agricultura- por modernizar los riegos y avanzar en un consumo responsable”.

También “se ha avanzado en inversiones en depuración, reutilización y ahora también en desalinización”, ha añadido el president, quien ha dicho que son conscientes de que hay que “generar un marco en el que haya agua para siempre, segura, que dé certidumbre a la agricultura”.

A juicio de Puig, en el real decreto del Gobierno “hay una serie de asuntos que son francamente lesivos, sobre todo en lo que tiene que ver con la cláusula novena, porque no entienden una actualización, que sería lo razonable”.

La Generalitat tendrá una “estrategia clara” acordada con los regantes del sur de la Comunidad Valenciana en una doble dirección. Por una parte, defender en el ámbito jurídico que el trasvase “es irrenunciable”, y mantener el diálogo a través de comisión de seguimiento.

De este modo, ha agregado, “vamos a intentar convencer y aplicar las medidas positivas en cuanto a las inversiones que existen en el real decreto, que van a significar una mejora sustancial para el Tajo y para la cuenca del Segura”.

Una estrategia que se desarrollará, ha dicho, “sin hacer aspavientos ni guerras del agua que solo producen barro y fractura”, aunque ha insistido en que van a defender “ahora y siempre los intereses de los regantes de la Comunitat Valenciana”.

Las claves del recurso

Estas son las claves en las que se basa el recurso:

1. Normativa arbitraria y sin criterios técnicos

El recurso se dirige, en concreto, contra la nueva disposición adicional novena, que afecta al futuro incremento escalonado de los caudales ecológicos del Plan Hidrológico del Tajo, una decisión que para la Generalitat Valenciana es arbitraria y no se fundamenta en criterios técnicos.

Considera que se han “vulnerado los principios de seguridad jurídica, confianza legítima, lealtad institucional, transparencia, buen gobierno, e interdicción de la arbitrariedad en la toma de decisiones”, recogidos por el ordenamiento jurídico español.

2. Cambios sin participación

La Generalitat señala que en un principio se estableció que la aplicación de los caudales ecológicos de 2026 y 2027 se haría teniendo en cuenta el programa especial de seguimiento, es decir, que “si con las medidas aplicadas se cumplen los objetivos ambientales, no sería necesario aplicar los escalones previstos” a partir de enero de 2026.

Esta medida, según destaca la administración autonómica, se sometió a debate y votación en el Consejo Nacional del Agua el pasado 29 de diciembre y fue aprobada por 60 votos a favor, 14 en contra y 13 abstenciones.

Sin embargo, afirma que el texto aprobado finalmente por el Gobierno, “sin haber sido sometido a los principios de participación y de concertación”, recoge que los resultados del programa especial de seguimiento se aplicarán a partir del cuarto ciclo de planificación.

Eso significa que se aplicarán los incrementos del caudal ecológico establecidos para los años 2026 y 2027, ya que éstos se corresponden con los escalones 2 y 3, respectivamente.

3. Suspensión del escalonamiento de los caudales ecológicos

La Generalitat Valenciana solicita al Tribunal Supremo, como medida cautelar, la suspensión los caudales ecológicos previstos para 2026 y 2027 en la parte del Tajo entre la presa o embalse de Bolarque hasta el embalse de Valdecañas.

4. Más allá de la cuestión ecológica

Afirma que la normativa estatal establece que en la fijación concreta del caudal ecológico “deben tenerse en cuenta el conjunto de variables que afectan a la cuenca y no sólo la cuestión ecológica”.

“Deben incluirse también las variables socioeconómicas, así como la existencia del trasvase Tajo-Segura”, señala, y recuerda que el trasvase cuenta “con un marco legal específico y unas reglas de explotación, que tratan de compatibilizar los usos de la cuenca receptora con la necesaria protección de la cuenca cedente”.

En este sentido, señala que la fijación de los caudales ecológicos en la planificación “no puede realizarse de manera indiciaria y sin la debida justificación”.

Por el contrario, alega, “deben determinarse como resultado de estudios técnicos que han de realizarse en la cuenca correspondiente, así como del resultado de la participación pública y de un procedimiento de concertación”.

5. Elevación desproporcionada del caudal ecológico

La administración valenciana argumenta que no se debería establecer de antemano un incremento del caudal ecológico a partir de 2026, pues es algo que podría hacerse según los resultados del programa especial de seguimiento y una vez estudiado si se cumplen los objetivos ambientales fijados para las masas de agua.

Señala el texto aprobado podría producir “una elevación desproporcionada” del caudal ecológico que podría condicionar los trasvases, “violentando el marco normativo del trasvase Tajo-Segura y su reconocimiento como una obra de interés general”.

Además, asegura que la legislación que regula el trasvase Tajo-Segura reconoce a los usuarios del trasvase “un derecho subjetivo de configuración legal”.

Por ello, argumenta, “fijar caudales ecológicos desproporcionados en la planificación del Tajo, que supongan la práctica inaplicación o desnaturalización de los contenidos legales, supone una infracción del principio de legalidad y jerarquía normativa”.

6. Incertidumbre jurídica

Reconoce la Generalitat que en la disposición adicional tercera del real decreto se alude a posibles actualizaciones de los planes, pero “en ningún precepto se establece una actualización/revisión obligatoria de los caudales escalonados” ni se condiciona el escalonamiento de los caudales previstos para el 2026 y 2027.

Con todo ello, considera que se genera “una incertidumbre e inseguridad jurídica para los ciudadanos y usuarios del trasvase”.

7. Impacto de la reducción del trasvase

La Administración cuantifica en su recurso los impactos fundamentales derivados de la reducción del trasvase Tajo-Segura, entre ellos, una disminución de la actividad económica en 232 millones al año (el 0,6 % del PIB de la demarcación de la Cuenca del Segura) y 8.060 trabajadores afectados de forma directa e indirecta.

Advierte también de que la reducción del trasvase supondrá un incremento de los costes de abastecimiento urbano de unos 16 millones anuales, y una pérdida patrimonial de 485 millones, derivada de la modificación del carácter de riego a secano.