Cirilo Arnandis: “A cada cual, lo suyo”

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El Presidente Frutas y Hortalizas Cooperatives Agroalimentaries, Cirilo Arnandis, opina sobre las protestas de los últimos meses protagonizadas por el sector agroalimentario en oposición al Pacto Verde Europeo, entre otras reivindicaciones

La Ley de la Cadena, formulada desde la intencionalidad de que el productor pueda obtener unas rentas dignas por su cosecha, “no respeta ni considera el modo específico de actuación de las cooperativas agroalimentarias”. / PEXELS

Cirilo Arnandis (*)

No es extraño que incluso en las mejores familias aparezcan en ocasiones momentos tensos. La convivencia lleva estas cosas, pues es más fácil discutir con quien te relacionas habitualmente que con quien te encuentras en ocasiones contadas. Lo normal es que al final, la sangre nunca llegue al río y que las aguas vuelvan a su cauce natural y normal. Es en este contexto en el que habrá que circunscribir lo acontecido durante este último mes en el devenir de nuestro Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en relación con su publicación de las famosas 43 medidas, iniciativa formulada como respuesta al escenario de protestas de los agricultores, así como la nueva aparición en escena de la “Ley de la Cadena” y su aplicación en el ámbito de las cooperativas agroalimentarias.

Pero hagamos un poco de historia. Todavía está en la mente de todos el escenario reivindicativo que se dio en la práctica totalidad de países europeos, en los que los agricultores se quejaban que no les salían las cuentas. Básicamente, dos eran las grandes razones esgrimidas. De una parte, la aplicación del “Pacto Verde Europeo” demasiado ambicioso en sus pretensiones y en el tiempo de puesta en marcha, lo que vino a dar la razón a quienes veníamos solicitando el estudio de impacto correspondiente a Bruselas. Estudio que, aunque tarde, venía a dejar a las claras el impacto negativo que tenía en la competitividad de la agricultura europea. De otra parte, la ausencia de reciprocidad en las obligaciones de los productores europeos en relación con las exigidas a las producciones procedentes de países terceros Y eso dejando siempre a las claras que los agricultores europeos no están en contra de respetar el medio ambiente, pero lo que no se entiende son reglas distintas para quienes compiten en el mismo mercado.

Bien es cierto que Europa tomo nota de este amplio y continuado mapa reivindicativo adoptando medidas que, en el especial lenguaje comunitario, rebajaba las exigencias y aspiraciones del Pacto Verde Europeo aplicable a la Agricultura. Este pretendido objetivo, se convirtió tan solo en una mera flexibilización de lo mismo para hacer lo mismo, en una especie de “Sostenella y no enmendalla”, eso sí, con bastante ruido mediático generado desde Bruselas para hacer ver que se había hecho algo. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició una ronda de contactos con las Organizaciones Profesionales Agrarias para pactar una serie de actuaciones que sirvieran al mismo objetivo y que acabó conformando el conjunto de las 43 medidas presentadas. Pese al interés y esfuerzo del Ministerio, bien se puede concluir que hay que recibirlas de modo positivo, y que no hacen daño a nadie, pero que de igual manera no son suficientes para resolver el problema inicial de la ausencia de renta. 

“El Ministerio ya se había comprometió a los cambios normativos en las Cortes españolas en lo referente a las especificidades de la relación entre el socio y su cooperativa. Trámites parlamentarios, que han quedado aparcados por la convocatoria de las últimas elecciones generales”

La sorpresa fue cuando dos organizaciones profesionales agrarias, UPA y Unión de Uniones, sí que firman el documento de las 43 medidas con el Ministerio, mientras que otras dos, Asaja y COAG, deciden no firmar. Como quiera que no se había tenido en cuenta al sector cooperativo en este proceso de elaboración y pacto de medidas, no parece lógico que fuésemos firmantes de un texto en el que nada hemos tenido que ver en su génesis y composición, pese a la insistencia a última hora del Ministerio. Dado este escenario, es cuando las organizaciones no firmantes, y esta vez sí que es invitado el sector cooperativo, elaboramos y firmamos un documento cuyo título es “Agricultura, cuestión de Estado. Unidad de Acción: Soluciones concretas para el campo”. Se trata de un conjunto de 12 medidas, y en las cuales se contempla en un documento firmado por Organizaciones Profesionales Agrarias, la especificidad del sector cooperativo en relación con la aplicación de la conocida como “Ley de la Cadena”.

Este tema ha sido, desde la publicación de esta Ley allá por el 2013, uno de los temas prioritarios del sector cooperativo, pues si bien es seguro la Ley que está formulada desde la intencionalidad de que el productor pueda obtener unas rentas dignas por su cosecha, lo cierto es que no respeta ni considera el modo específico de actuación de las cooperativas agroalimentarias, lo que también está contemplado en otra Ley. Es como querer ganar el Tour de Francia con una bicicleta de montaña, y no con una de ruta. Pese a que todo son bicicletas, cada una está diseñada para un contexto determinado. Así, el texto firmado entre Asaja, COAG y Cooperativas, contiene, de modo literal, el siguiente texto: “Debe respetarse el modelo de empresa cooperativa agroalimentaria, sacando del ámbito de actuación de la ley (de la cadena) la relación entre el socio y su cooperativa, ampliamente regulada ya en su legislación específica estatal y de las CCAA. A efectos del registro de contratos alimentarios, las cooperativas agroalimentarias deben tener el mismo tratamiento que el resto de modelos empresariales, para evitar la desventaja competitiva que se está generando en estos momentos”.  

“Desde el sector cooperativo, pese a las últimas declaraciones del ministro Luis Planas, no se exige quedar al margen de la Ley, sino que esta se aplique en el ámbito cooperativo en atención a su propia especificidad y desde el respeto a la norma propia aplicable a cualquier cooperativa”

Es por ello por lo que desde el sector cooperativo, y pese a las últimas declaraciones del ministro Luis Planas, no se exige quedar al margen de la Ley, sino que esta se aplique en el ámbito cooperativo en atención a su propia especificidad y desde el respeto a la norma propia aplicable a cualquier cooperativa, y que como se ha indicado, también viene reflejado con ámbito de Ley. Recordar que el Ministerio ya se había comprometió a los cambios normativos en las Cortes españolas en lo referente a las especificidades de la relación entre el socio y su cooperativa. También con el tema de la obligación de la cooperativa, y no de ningún otro tipo de sociedad mercantil que opere en el mercado, de obligar al comprador a tener que inscribir los contratos de compra-venta en el registro correspondiente de contratos alimentarios, tema que también viene recogido en el texto firmado entre Cooperativas y OPAs. A decir verdad, lo cierto es que se iniciaron los trámites parlamentarios, pero que quedaron aparcados por la convocatoria de las últimas elecciones generales. 

“Por ello que no se puede compartir el criterio, sea ministerial o de quien sea, que las cooperativas quieren que no se les aplique la Ley de la Cadena”

Es por ello que no se puede compartir el criterio, sea ministerial o de quien sea, que las cooperativas quieren que no se les aplique la “Ley de la Cadena”. De igual manera, compartimos el criterio que el objetivo último de una cooperativa es generar valor y no pérdidas para el socio. Pero antes de nada, hay que decir qué es una cooperativa, y que según su propia Ley “…es una sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático, conforme a los principios formulados por la alianza cooperativa internacional…”. Así pues, tanto en cuanto el socio de una cooperativa es propietario de su entidad, no puede venderse a sí mismo, siendo la entrega de la cosecha en el almacén, desde el punto de vista jurídico, un depósito para la venta en común, y nunca una venta.

Es por ello que la obligación de formalizar un contrato a la entrega de la mercancía, respetando el coste efectivo de producción de cada socio, además de difícil encaje jurídico, podría suponer un grave problema para muchas cooperativas, generando un descuadre económico en determinados escenarios de mercado. Y si no, imaginemos un caso con un socio eficiente, y un coste de producción simulado de 8, y otro, menos eficiente, con otro coste de producción simulado de 12. Si el mercado, no da más de 10, o incluso más de 8 o se prima al más ineficiente o todo son perdidas en la cuenta de explotación, en la supuesta obligación normativa de tener que respetar el coste efectivo de producción. Sobre todo, teniendo en cuenta que la cooperativa viene obligada a tener que recolectar toda la cosecha de sus socios, lo que no ocurre con cualquier otra empresa mercantil que podrá comprar, o no, según su conveniencia. 

A modo de resumen, hay que indicar que una cooperativa ante todo es una empresa. Es una sociedad compuesta por sus socios, que son a la vez sus propietarios, y cuya finalidad es la venta en común de sus producciones, con el objetivo último de obtener, entre otras cuestiones, los mejores resultados económicos para beneficiar a sus socios. Además, tiene un funcionamiento democrático desde el principio de un hombre un voto, y donde más transparencia en su gestión es imposible, decidiendo entre todos como se liquida y cuando. De ahí que ya tengamos cada vez más cooperativas centenarias que difícilmente se habrían sostenido en el tiempo en base a pérdidas. Así pues, nada de privilegios, sino que se contemplen las especificidades propias de las empresas cooperativas.

(*) Presidente Frutas y Hortalizas Cooperatives Agroalimentaries.

Acceso al artículo de opinión en la página 6 del ejemplar de Valencia Fruits. 

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