El Plan de Seguros Agrarios Combinados recoge las condiciones para proteger los llamados “cultivos agroenergéticos”, que verán aplicados los mismos límites de precios

Uno de los cultivos estudiados por los investigadores en el área metropolitana de Barcelona. /CSIC
El Plan de Seguros Agrarios Combinados recoge las condiciones para proteger los llamados “cultivos agroenergéticos”, que verán aplicados los mismos límites de precios que en el último año tanto en primas como en indemnizaciones.
Así se desprende de una orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para regular los seguros de las explotaciones dedicadas a este tipo de cultivos.
En uno de los anexos se fijan los límites en los precios a aplicar en caso de siniestro, tanto a nivel de primas como de indemnizaciones, que continúan inalterados respecto a 2019.
Dentro del 41º Plan de Seguros Agrarios Combinados, se recoge que en las pólizas la protección se centrará en los casos de pedrisco, incendios, riesgos “excepcionales” y adversidades climáticas.
Podrán recurrir a esta clase de seguro los cultivos agroenergéticos lignocelulósicos tanto de secano como de regadío “destinados únicamente a la producción de biocombustibles sólidos” para la generación de energía, así como los cabezales de riego y la red de riego en parcelas.
En este capítulo se incluyen las producciones de maíz, sorgo, paja de maíz, arroz, paja de cereales de invierno y paja de camelina.
Quedan excluidos los cultivos en parcelas destinadas a experimentación o ensayo, los situados en “huertos familiares”, en estado de abandono o plantaciones no regulares o que correspondan a árboles aislados.