Inmaculada Sanfeliu: “La UE juega a la ruleta rusa con nuestras plantaciones citrícolas”

Gustavo Ferrada Navidad
Deterra líder multiproducto

Inmaculada Sanfeliu reflexiona sobre la reunión mantenida en Bruselas para defender la urgente necesidad de medidas para prevenir la introducción, propagación y establecimiento de plagas en la citricultura

Una delegación de la Comunitat se reunió con la directora general de Salud y Seguridad Alimentaria de la UE. / GVA

Inmaculada Sanfeliu (*)

Una delegación de la Comunitat Valenciana, encabezada y liderada por el president de la Generalitat, Ximo Puig, se ha reunido este pasado miércoles en Bruselas con la directora general de Salud y Seguridad Alimentaria de la UE, Sandra Gallina, y un miembro de su equipo, la jefa de Unidad de Sanidad Vegetal, Dorothée André. Junto al president de la Generalitat, respaldando y arropando a la delegación de representantes de las distintas organizaciones citrícolas valencianas, también han participado en la citada reunión la consellera de Agricultura de la Generalitat, Mireia Mollà; el Embajador Representante Permanente Adjunto de España ante la UE, Raúl Fuentes; el secretario autonómico de Agricultura de la Generalitat Valenciana, Roger Llanes, y la eurodiputada del PSPV-PSOE y miembro de la Comisión de Comercio Internacional, Inmaculada Rodríguez Piñero. Por la citricultura valenciana han participado el presidente de AVA-Asaja, Cristóbal Aguado; el presidente de Asaja-Alicante, José Vicente Andreu; el secretario general de La Unió de LLauradors, Carles Peris; el representante de la UPA en Bruselas y yo misma, presidenta de Intercitrus y presidenta del Comité de Gestión de Cítricos.

Una vez más, las organizaciones citrícolas han dado muestras de generosidad, cohesión y fuerza desde la unidad en la defensa de los intereses comunes del sector citrícola español, cediendo el protagonismo a Intercitrus, por encima de los intereses particulares de sus organizaciones miembros.

Cuando se trata de explicar el motivo de esta reunión a nadie debería escapársele la magnitud de este sector, el citrícola español, que produce 6,8-7,5 millones de toneladas (8 millones en la campaña récord, la 2018-2019), con un valor medio de 4.000 – 4.700 millones de euros, de los cuales, 3.144-3.666 millones de euros proceden de la exportación. Y con cinco comunidades autónomas implicadas en la producción y comercialización, a saber: Andalucía, Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Cataluña y Baleares.

En la Comunidad Valenciana el comercio exterior de agrios es el tercero por orden de magnitud, por detrás de los sectores del automóvil y la cerámica, con un valor anual de 2.200-2.500 Millones de euros, lo que supone el 67-68% del comercio exterior de cítricos de España y el 52% de la superficie citrícola nacional.

La EFSA nos da la razón

El más que evidente elevadísimo riesgo fitosanitario al que está sujeto el vergel citrícola de España y de la UE y, en consecuencia, la urgente necesidad de medidas para prevenir la introducción, propagación y establecimiento de la Mancha Negra (Phyllosticta citricarpa o Citrus Black Spot, CBS) y de la Falsa Polilla (Thaumatotibia leucotreta o False Codling Moth, FCM) organismos nocivos foráneos no presentes en la UE y el control fitosanitario, han sido el objeto de esta reunión. Y en concreto, hemos solicitado que se aplique un tratamiento de frío (cold treatment) a cítricos de terceros países que pueden portar la Falsa Polilla con el objeto de eliminar el riesgo de entrada en la UE. La EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria) ha reconocido que las medidas actuales (el llamado enfoque de sistemas) aplicadas por Sudáfrica (y elegidas a su conveniencia) no son suficientes ya que resultan ineficaces para garantizar la ausencia de la plaga (necesaria para el riesgo cero que exige la normativa comunitaria en vigor) y concluye con un nivel inaceptable de certeza de ausencia de la plaga, dando así la razón a los postulados de España.

España es obligada a exportar sus cítricos con tratamiento de frío por ceratitis a todos los países extracomunitarios que son productores de cítricos y, paradójicamente, no hay ningún país citrícola extracomunitario que tenga que exportar agrios a la UE con cold treatment por la Falsa Polilla.

España es obligada a exportar sus cítricos con tratamiento de frío por ceratitis a todos los países extracomunitarios que son productores de cítricos y, paradójicamente, no hay ningún país citrícola extracomunitario que tenga que exportar agrios a la UE con cold treatment por la falsa polilla

Que nadie lo olvide: la sanidad vegetal es nuestra prioridad y nos han abocado a jugar a la ruleta rusa cada día con el futuro de nuestras plantaciones citrícolas. Las interceptaciones de cítricos importados en la UE con organismos nocivos son ya 172 en lo que llevamos de 2021 (hasta finales de octubre), con Sudáfrica a la cabeza con 61 de esas 172, el 35,5% del total. Y, lo más preocupante, de esas 61 interceptaciones de Sudáfrica, 41 (el 67,2% de las 61) son del hongo CBS y 18 de FCM (Falsa Polilla), a las que deben sumarse las de Zimbawe, 23 de CBS y 10 de FCM.

Elevado número en una muestra baja

El elevado número de interceptaciones en el bajo volumen muestreado significa la entrada de muchos frutos infestados con individuos viables capaces de dispersarse y, por lo tanto, una probabilidad muy elevada de introducción y establecimiento de la plaga en la UE, y este baile de probabilidades significa jugar con fuego, incurriendo en responsabilidades, porque no se puede obviar que el objetivo de la norma es lograr la ausencia total de plaga en los frutos. El riesgo aumenta exponencialmente teniendo en cuenta el elevado volumen de cítricos importado de Sudáfrica en la actualidad (al que debe sumársele las importaciones de otros países con presencia de Thaumatotibia leucotreta). En las 5 últimas campañas (hasta la campaña 2019/20) los volúmenes anuales de importación de Sudáfrica en contraestación en la UE-28 se han elevado a entre 650.000 y 840.000 toneladas por año.

Los niveles de interceptaciones en ambos casos son escandalosos, indecentes diría yo, intolerables. Sería verdaderamente lamentable, irresponsable y un desastre económico y medioambiental que organismos foráneos prioritarios y cuarentenarios como el CBS, el FCM y otros, que todavía no se han implantado en la citricultura española ni comunitaria pero suponen un enorme riesgo económico dada su gravedad, hicieran acto de presencia en la misma, por no aplicar a tiempo medidas preventivas en forma de protocolos de exportación y tratamiento de frío. Sería especialmente grave para España por su liderazgo en la exportación en fresco, y para la Comunidad Valenciana, por la dificultad añadida de medidas de erradicación en las condiciones de una citricultura minifundista y multiparcelada.

Además, la Mancha Negra, un hongo que durante lustros Sudáfrica ha repetido incesantemente que era incapaz de adaptarse a nuestro clima mediterráneo, ahora ya está presente en Túnez, lo que significa que, si se introdujera en España, cabría esperar su establecimiento y que ocasionara daños muy importantes.

No se puede proteger un país confiando solo en los controles fronterizos y su implementación homogénea. Prueba de ello fue la introducción del ‘Cotonet de Sudáfrica’ en la Comunidad Valenciana, que está relacionado con la importación de cítricos o plantas ornamentales procedentes de algún país del África Subsahariana.

Imponer cold treatment, como a España

Se debe obligar a que se garantice el transporte a la UE de plantas y productos vegetales sin plagas desde su origen y ello es responsabilidad del ejecutivo comunitario. El proceso debería comenzar en el lugar de producción de las plantas y los productos vegetales y reitero que, según el organismo nocivo de que se trate asociado al país de origen de la exportación, se haría necesario un tratamiento de frío, normalmente en tránsito. En conjunto, y como ya se ha explicado desde esta tribuna otras veces, todas estas medidas se llaman ‘protocolo fitosanitario de exportación’ y es justo lo que nos los imponen a nosotros para poder exportar nuestros cítricos a los países no comunitarios que son productores de cítricos. Insisto que el cold treatment es, con total seguridad, el único tratamiento eficaz y ajustado al riesgo existente y, por lo tanto, debe imponerse. Sudáfrica lo cumple cuando le es impuesto por otros países, como EEUU o Japón. Jamás, en ninguno de los protocolos bilaterales de exportación de cítricos de España con países terceros productores de agrios se nos ha permitido elegir el tratamiento eficaz que debíamos aplicar para mitigar el riesgo de exportar, no solo los cítricos sino también la Ceratitis capitata. Repito, jamás.

El riesgo fitosanitario de la citricultura española y comunitaria es patente y los argumentos para la imposición de un cold treatment obligatorio contundentes e irrefutables, incluido el informe de la EFSA, y el apoyo del Gobierno de España y de la Comunidad Valenciana, volviendo a la reunión en Bruselas que nos ocupa, fue incondicional. Y en ese contexto todo el sector rezumaba cierta euforia.

Víctima de la geopolítica

Pues no, no basta con el riesgo fitosanitario y eso es muy preocupante. La citricultura española puede ser de nuevo víctima de la geopolítica, de condicionantes políticos externos así como de las exigencias de otra política común de la UE, la de cooperación al desarrollo y del elevado grado de protección a Sudáfrica en el seno de la Comisión. Hasta la inclusión racial en el sector de los cítricos sudafricanos podía jugar su papel. De entre los principales cultivos de Sudáfrica, los cítricos se consideran como el gran exponente de la “integración” de la población de color y será muy difícil el que pueda tomarse una decisión que “dificulte la exportación de cítricos sudafricanos a la UE”.

La citricultura española puede ser de nuevo víctima de la geopolítica, de condicionantes políticos externos así como de las exigencias de otra política común de la UE, la de cooperación al desarrollo, y del elevado grado de protección a Sudáfrica en el seno de la Comisión

La partida se juega muy fuerte. La citricultura de la UE es meridional y, por tanto, alejada del bloque septentrional y de sus intereses de producción, importación, portuarios y de distribución comercial, previa incorporación de valor añadido, así como de producción industrial. No en vano, la carta remitida por las Asociaciones de Importadores de Bélgica, Alemania y Holanda al Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos Sección de Sanidad Vegetal expone exactamente los mismos argumentos que los esgrimidos en prensa y en los pasillos de la Comisión por los representantes de la Citrus Growers’ Association of Southern Africa.

Y a esos argumentos contestamos. El riesgo es desmesurado y el enfoque de sistemas de Sudáfrica, inaceptable. Una probabilidad alta de no presencia no es una ausencia. O hay presencia de individuos potencialmente transmisores o no la hay, y actualmente la normativa se refiere a ausencia total, no parcial. El enfoque de sistemas es un conjunto de medidas no vinculantes y no relacionadas entre sí como alternativa al tratamiento de frío. Este último proceso, bien ejecutado, no deja lugar a interpretaciones, ni a probabilidades de riesgo: garantiza la ausencia de plaga, y en ese sentido nos parece innegociable. No entendemos por qué hay tanta resistencia a la aplicación de una evidencia científica que, además, se impone a las exportaciones comunitarias por los principales importadores mundiales.

El cold treatment sí es factible

El cold treatment no es inabordable para Sudáfrica en sus exportaciones a la UE como pretende hacer creer. Es el único tratamiento eficaz y ajustado al riesgo existente y es el que aplica Sudáfrica en sus exportaciones a EEUU o Japón, por exigencia de estos por Thaumatotibia. A España se le impone de modo obligatorio, sin elección y sin contestación para exportar a cualquier país del mundo que produzca cítricos.

El cold treatment está estandarizado internacionalmente para todos los cítricos. Todos lo aguantan si se realiza la exportación en el momento óptimo (relación azúcar/acidez y estado de la piel).

Las tarifas de este tratamiento están bastante estandarizadas a nivel mundial: 1.000 $ por contenedor refrigerado —reefer— de 40 pies (22.000 kg), es decir, 3-4 céntimos de euro por kilo. Coste asumible. Lo asumimos nosotros y lo pueden asumir ellos que tienen costes muy inferiores en producción y comercialización. Este coste es aún inferior cuando se trata de cold treatment en bodega. De hecho, en bodega, puede ser hasta coste cero.

Si el sector de los cítricos en Sudáfrica emplea a 140.000 personas, en España genera 280.000 empleos directos: 200.000 empleos en recolección, manipulado, confección, envasado y comercialización de cítricos y 80.000 empleos equivalentes a tiempo completo en las explotaciones citrícolas.

Si el sector de los cítricos en Sudáfrica emplea a 140.000 personas, en España genera 280.000 empleos directos: 200.000 en recolección, manipulado, confección, envasado y comercialización de cítricos y 80.000 empleos equivalentes a tiempo completo en las explotaciones citrícolas

Los servicios técnicos de la Comisión andan inmersos en el debate en el marco del Comité Permanente sobre los requisitos de importación de cítricos de Sudáfrica en relación con la FCM. La Comisión cuestiona si las medidas que se determinen de aplicación deberían ser únicamente para Sudáfrica o para todos los países con presencia de Falsa Polilla, sobre si debería simplemente revisarse y reforzarse el enfoque de sistemas aplicado en la actualidad por Sudáfrica o debería imponerse un cold treatment obligatorio, sobre si un posible ajuste del enfoque de sistemas debería plasmarse en una norma jurídica, sobre si en un posible tratamiento de frío obligatorio la combinación duración de tratamiento/temperatura debería regularse en un texto jurídico,…

No es algo nuevo

Y, sobre todo, los servicios técnicos de la Comisión se pronuncian como si el cold treatment fuera algo nuevo y desconocido. Pese a lo que ahora diga la Comisión, es un proceso que está estandarizado internacionalmente para todos los cítricos. No hay excusa. En el curso de la reunión en Bruselas los operadores comerciales privados y cooperativas se pusieron a disposición de la Comisión para compartir su propia experiencia exportadora en relación con el tratamiento en frío, las operaciones llevadas a cabo y los controles en general y en destino.

España exporta a EEUU con tratamiento de frío desde el inicio de la exportación a ese país en la campaña 1979/1980. Este tratamiento nos permite exterminar la plaga de la mosca de la fruta mientras la mercancía viaja en los contenedores y antes de llegar a su destino. No existe un único tratamiento aplicable a todos los destinos y productos, sino que la Autoridad Fitosanitaria de cada país establece las condiciones en cuanto a temperatura y duración y las recoge en lo que llamamos protocolo. En cualquier caso, todos los protocolos de cold treatment, según el producto y la plaga de que se trate, deben respetar dos condiciones según el país de destino: la temperatura de la pulpa de la fruta debe ser igual o inferior, durante todo el proceso, a la exigida por el protocolo de cada país y el protocolo de cada país marca igualmente la duración del tratamiento. Un total de 16 países demandan tratamiento con frío con un total de 90 productos que abarcan a 11 géneros (manzanas, caquis, uva de mesa, cerezas etc).

Generalmente, se toman como referencia los protocolos establecidos por EEUU, que regulan diferentes aspectos como los requisitos de los buques, contenedores y almacenes. Asimismo, se establecen las denominadas condiciones de pre-cooling regulándose aspectos relacionados con la carga y los contenedores, documentos asociados y condiciones de despacho. China tiene un protocolo parecido al de EEUU.

Los servicios del país exportador controlan, entre otros, la aplicación del preenfriamiento, comprobación del equipo de frío y registro de temperaturas, calibración de las sondas de temperaturas, carga adecuada y comprobación de los sensores de temperatura. La operación conlleva la certificación de las pruebas de calibración, instrucciones al capitán y adecuada posición de las sondas. A partir de ese momento el tratamiento queda en manos de la compañía naviera y las actuaciones del país exportador han terminado, significando que la compañía (normalmente el capitán del barco) ha de llevar el registro de temperaturas y el oficial a cargo no descargará la mercancía hasta que se haya llevado a cabo su despacho en destino con la comprobación de todos los requerimientos necesarios. Los controles a la importación deben garantizar que la cadena de custodia es correcta, verificar las lecturas por el inspector y despacho del envío a libre práctica.

Este tratamiento es pues una práctica habitual y obliga a los exportadores, siendo lo más importante la implicación de aquéllos y de las navieras en la correcta aplicación de las temperaturas. En muchas de las interceptaciones que se han producido, se ha podido constatar una incorrecta aplicación del frío. No cabe señalar una carga de trabajo excesiva en destino para los inspectores.

Registro de temperatura

Para saber si se ha cumplido el tratamiento necesitamos tener un registro de la temperatura de la fruta. Esta información queda registrada en el datalogger del contenedor, un ordenador de abordo encargado de grabar, almacenar y (en los contenedores adaptados para ello), monitorizar a distancia los datos de temperatura, humedad y ventilación del contenedor

Así pues, las temperaturas de las sondas se registran durante todo el tratamiento y se transmiten a la naviera que, a su vez, las reenvía al departamento de Sanidad Vegetal del Ministerio de Agricultura. Los especialistas en transporte reefer se comprometen a pedir a las navieras las lecturas de las temperaturas para que ellos mismos puedan realizar seguimiento y confirmar que se respetan los márgenes establecidos.

En caso de que el tratamiento se rompa porque se supere la temperatura exigida, el proceso se debe iniciar de nuevo y volver al día 1. La temperatura del contenedor se deberá ajustar de nuevo siempre con cuidado para evitar que la fruta se congele.

El objetivo es que, una vez llegue al puerto de descarga, se haya cumplido el tratamiento independientemente de cuántas veces se haya iniciado el proceso. Si se llega a puerto sin haberlo completado, la mercancía no se podrá descargar del contenedor incurriendo en los correspondientes cargos de demora, ocupación, conexiones, etc.

Ahora la IPPC está debatiendo una norma internacional de cold treatment para cítricos por Thaumatotibia (proyecto de anexo de la norma internacional NIMF 28) que podría ser la base para las actuaciones a establecer por el ejecutivo comunitario. Italia, Francia y Portugal, junto con España, ya han manifestado que lo más idóneo sería contar con un texto jurídico que incluyese diferentes parámetros y que fuera de la mano de la norma que se está debatiendo en el IPPC y que no debe suponer carga para los inspectores en destino, recayendo en la compañía naviera la mayor responsabilidad.

No es un problema solo de España

A todo ello debe añadirse el hecho de que la decisión final debe adoptarse en el marco del Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos por mayoría cualificada. Aviso a navegantes. Que ningún país piense que solo es un problema de España y de los cítricos y que sus producciones están exentas de riesgo frente a una cada vez más probable entrada de Thaumatotibia leucotreta. De acuerdo con la Organización Europea y Mediterránea de Protección Vegetal (EPPO), sus larvas se alimentan de más de 70 especies vegetales de unas 40 familias (EPPO, 2011). Según han descrito diversos autores y fuentes, las larvas de FCM se alimentan del brote floral y especialmente del fruto de las plantas huésped, excretan importantes cantidades de residuos y a través de los orificios realizados en el fruto entran en este otros patógenos secundarios. En las condiciones climáticas y ecológicas del conjunto de la UE, conforme a la EPPO (2020), las larvas de Thaumatotibia leucotreta pueden ocasionar importantes daños tanto en el sur como en el norte de Europa: al roble entre las especies arbóreas forestales; entre las especies cultivadas, a los brotes florales y fruto de la vid, al maíz, a diversos frutales de hueso (melocotonero, albaricoquero, ciruelo), al olivo, al caqui , al granado, al níspero, a la platanera, a los arándanos, aguacate y cítricos.

La condición de plaga polífaga y que haya numerosos huéspedes de ésta en los bosques, los espacios naturales y cultivos en la UE , significa riesgos añadidos de dispersión y pone en peligro la supervivencia de numerosas especies (hasta 70)

La condición de plaga polífaga y que haya numerosos huéspedes de ésta en los bosques, los espacios naturales y cultivos en la UE, significa riesgos añadidos de dispersión de la misma y pone en peligro la supervivencia de numerosas especies, además de la continuidad de la producción agrícola de los cultivos afectados y de los productos frescos y transformados de la vid (vinos, uvas de mesa), el maíz (productos alimentarios y otros), el olivo (aceite de oliva y aceituna de mesa), los frutales de hueso (deshidratados, mermeladas, otros), o los cítricos.

La Comisión y los estados miembros del norte de Europa con intereses comerciales en las importaciones, pero con importantes producciones en los cultivos citados que pueden ser huéspedes de las larvas de esta plaga, puede que tengan que dar muchas explicaciones y asumir responsabilidades de todo tipo ante sus propios sectores agrícolas por hacer caso omiso a las evidencias científicas y no aplicar el único método que garantiza la ausencia de larvas en las mercancías importadas. Es mucho lo que está en juego para toda la Unión Europea.

(*) Presidenta de Intercitrus y del Comité de Gestión de Cítricos (CGC)

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