Los países de la UE apoyan la cláusula de salvaguarda agrícola para el futuro acuerdo con Mercosur

Cañamás cítricos de calidad
Gustavo Ferrada
DIQUESÍ

El reglamento permitirá suspender rápidamente preferencias arancelarias si las importaciones provocan daños a los productores europeos

Imagen de un barco mercante en el puerto de Rotterdam. / ARCHIVO

Efeagro.

El Consejo de la Unión Europea ha aprobado, sin introducir enmiendas, la propuesta de la Comisión Europea para establecer una cláusula de salvaguarda bilateral aplicable a los productos agrícolas incluidos en el acuerdo de asociación negociado entre la UE y Mercosur, así como en el futuro acuerdo comercial entre ambas partes.

En un comunicado, la institución que reúne a los Estados miembros explicó que el reglamento “fortalece la protección de los agricultores de la UE en el contexto de los acuerdos” y que incorpora a la legislación comunitaria las disposiciones de salvaguarda previstas en ambos pactos para productos agrícolas.

Según el Consejo, el objetivo es garantizar que estas medidas puedan activarse de forma rápida y eficaz en caso de que las importaciones procedentes de Mercosur provoquen —o amenacen con provocar— un daño grave al sector agrícola europeo.

La decisión adoptada este miércoles no afecta a las negociaciones en curso dentro del propio Consejo sobre la firma y conclusión de los acuerdos con Mercosur, bloque integrado por Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay.

El reglamento define cómo la UE podrá suspender temporalmente las preferencias arancelarias concedidas a las importaciones agrícolas procedentes de Mercosur cuando estas perjudiquen a los productores comunitarios. Se inspira en los instrumentos de salvaguarda ya existentes, pero introduce procedimientos más ágiles y criterios simplificados para reforzar la protección del sector europeo.

Las investigaciones podrán activarse rápidamente cuando un Estado miembro o la industria presenten pruebas de un fuerte aumento de importaciones o de un impacto negativo en los mercados europeos. En el caso de productos considerados sensibles —como carne de vacuno, aves de corral, lácteos, azúcar y etanol— se considerará motivo suficiente para abrir una investigación una reducción del 10 % en los precios junto con un incremento del 10 % en los volúmenes de importación preferenciales, o bien una disminución del 10 % en los precios de importación.

La investigación evaluará factores como los volúmenes de importación, la evolución de los precios y el impacto en la producción, las ventas, el empleo y los beneficios del sector afectado en los Estados miembros. Para estos productos sensibles, las pesquisas deberán concluir en un plazo máximo de cuatro meses y, en situaciones urgentes, se podrán adoptar medidas provisionales en un plazo de 21 días.

La Comisión Europea realizará un seguimiento periódico de las importaciones de productos sensibles y presentará informes cada seis meses al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la evolución del mercado y cualquier riesgo potencial para los productores comunitarios.

Una vez que el Parlamento Europeo fije su posición, ambas instituciones —Eurocámara y Consejo— completarán el proceso legislativo sobre la salvaguarda. El reglamento entrará en vigor tras su adopción por los dos colegisladores y su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.