El Gobierno regula la venta a pérdidas para evitar prácticas desleales

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El Gobierno español ha fijado limitaciones a la venta a pérdidas para evitar prácticas desleales de las empresas a los consumidores

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La nueva regulación supone un paso adelante para preservar el valor de los productos agroalimentarios en toda la cadena. / Archivo

El Gobierno ha fijado limitaciones a la venta a pérdidas para evitar prácticas desleales de las empresas a los consumidores, mediante una nueva regulación que incluye el real decreto ley de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector industrial y comercial aprobado hoy.

La ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, ha explicado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que la regulación de la venta a pérdida es una medida muy necesaria para dar certeza jurídica a los operadores.

Según la nueva regulación, mediante la modificación de la ley de ordenación del comercio minorista, las ventas con pérdida se reputarán desleales “cuando sean susceptibles de inducir a error a los consumidores acerca del nivel de precios de otros productos o servicios del mismo establecimiento”.

También se considerarán desleales cuando tengan por efecto desacreditar la imagen de un producto o de un establecimiento ajeno, o formen parte de una estrategia encaminada a eliminar a un competidor o grupo de competidores del mercado.

Con la nueva normativa, no será ilícito vender un producto por debajo de coste mientras no se den uno de estos tres supuestos mencionados: una venta a pérdida engañosa, denigratoria, o predatoria.

Con esta medida, no solo se da cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), sino que también se incorpora certeza y protección al conjunto de prácticas comerciales, ha indicado el ministerio en un comunicado.

El Real Decreto-Ley incluye modificaciones a la ley de mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria y de la defensa de la calidad alimentaria, “necesarias ambas a afectos de adecuar el ordenamiento jurídico estatal a los últimos pronunciamientos del Tribunal Constitucional en la materia”, ha detallado el Gobierno en un comunicado.

Asimismo, se modifican dos artículos de la ley de ordenación del comercio minorista para suprimir los registros de franquiciadores y de empresas de ventas a distancia, ya que suponen una traba, sin aportar beneficios a consumidores y compañías. Con la eliminación de trabas administrativas innecesarias se persigue el objetivo de promocionar la actividad comercial.

El real decreto ley incluye, además, una serie de medidas que reducen las cargas administrativas de las empresas, algo que siempre es positivo, aunque todavía queda mucho por hacer en esta materia, ha agregado.

La ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, ha destacado que el comercio es un sector muy importante en España y en el que el Gobierno está trabajando también con proyectos como la creación del observatorio 4.0, que se constituirá el próximo 19 de diciembre y que permitirá afrontar el reto de digitalización, una de sus principales preocupaciones.

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha valorado hoy este Real-Decreto con el que la prohibición de la venta a pérdidas en la legislación española queda regulada “con mayor seguridad jurídica”.

Planas ha considerado este texto “muy positivo” porque supone reintroducir la prohibición de la venta a pérdidas “con más seguridad jurídica y conforme a las normas de la Unión Europea (UE) sobre prácticas desleales de las empresas a los consumidores”.

En su opinión, de esta forma se dan “pasos adelante para la preservación del valor de los productos agroalimentarios en toda la cadena, en beneficio de los agricultores y ganaderos”.