El melón y la sandía de Castilla-La mancha mantienen sus precios en origen

Se han mantenido sin cambios las cotizaciones orientativas del melón y de la mayor parte de las categorías de sandía, con la única subida del polinizador, que incrementa su precio en dos céntimos por kilogramo

El melón de categoría extra mantiene un precio orientativo de entre 0,23 y 0,25 euros por kilogramo, mientras que la primera categoría continúa entre 0,12 y 0,14 euros por kilo. / depositphotos.com

Efeagro.

La Mesa de Precios del Melón y la Sandía de la Lonja Agropecuaria Hortofrutícola de Castilla-La Mancha ha mantenido sin cambios las cotizaciones orientativas del melón y de la mayor parte de las categorías de sandía, con la única subida del polinizador, que incrementa su precio en dos céntimos por kilogramo.

Según las cotizaciones acordadas en la última reunión de la mesa de precios consultada el 6 de agosto por EFE, el melón de categoría extra mantiene un precio orientativo de entre 0,23 y 0,25 euros por kilogramo, mientras que la primera categoría continúa entre 0,12 y 0,14 euros por kilo.

La Indicación Geográfica Protegida (IGP) y la segunda categoría permanecen sin cotización.

En el caso de la sandía, tampoco se registran variaciones en las principales categorías.

La sandía negra sin pepitas de primera categoría mantiene una horquilla de entre 0,21 y 0,23 euros por kilogramo, mientras que la de segunda categoría sigue entre 0,13 y 0,15 euros.

Por su parte, la sandía blanca de primera categoría continúa cotizando entre 0,24 y 0,26 euros por kilogramo, y la de segunda categoría entre 0,13 y 0,15 euros.

La única modificación de la sesión afecta al polinizador de sandía, cuyo precio orientativo sube dos céntimos por kilogramo y pasa de una horquilla de entre 0,08 y 0,10 euros a situarse entre 0,10 y 0,12 euros por kilogramo.

La Mesa de Precios del Melón y la Sandía de la Lonja Agropecuaria Hortofrutícola y de Cereales de Castilla-La Mancha recuerda que las cotizaciones publicadas tienen carácter exclusivamente informativo y orientativo, no son vinculantes y se elaboran a partir de información objetiva y verificable correspondiente a operaciones comerciales ya cerradas.